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Enmiendas a la constitución de Estados Unidos

4 jun
4 min de lectura

¡Bienvenidos pasajeros! En mis clases, es inevitable ver un poco de teoría política y del derecho, sobre todo porque, para hablar de Historia de México y del mundo, es importante que los estudiantes comprendan conceptos como el federalismo.


En una de las conversaciones en el salón de clases sobre el concepto, uno de los estudiantes me preguntó sobre el modelo de Estados Unidos, y la conversación resultante fue un debate muy interesante, que derivó en una fuerte crítica a su sistema electoral, del que ya he hablado en ocasiones anteriores. Sin embargo, la nueva reflexión que surgió es que sus debilidades democráticas se deben, en parte, a que su constitución es de las más difíciles de reformar en el mundo, y de acuerdo con análisis estadísticos, se encuentra entre las que garantiza menos derechos humanos de todas las leyes supremas consultadas.


Eso me llevó a pensar en que, si revisamos películas y series norteamericanas, sobre todo los dramas legales, la constitución es raramente mencionada, siempre se citan las enmiendas, que aparentemente son tan pocas que los escritores esperan que los espectadores las sepan de memoria.


Por eso, como marco de referencia, en la breve publicación del día de hoy quiero enlistar de forma breve cuales son estas enmiendas, de la forma más simplificada posible, pues creo que ofrecen una perspectiva interesante sobre fuertes debilidades institucionales de nuestro país vecino; aunque debo hacer una nota aclaratoria, y es que no soy abogado, por lo que esta publicación será apenas esquemática.


Antes de comenzar con las enmiendas en sí, creo que es importante conocer el contenido original de la constitución, y sorprendentemente, podemos verla completa sin que esta publicación se vuelva interminable, pues tiene muy pocos artículos:


I. Describe la conformación, obligaciones y límites del Poder Legislativo.

II. Describe los deberes y funciones del Poder Ejecutivo.

III. Establece el Poder Judicial, desde la Suprema Corte hasta el sistema de jurados.

IV. Define las relaciones entre los estados (fronteras, ciudadanía, tránsito de uno a otro), los requisitos para admitir nuevos a la Unión y el equilibrio con el gobierno federal.

V. Marca el proceso para reformar la Constitución, diseñado para ser rígido.

VI. Establece que la constitución, así como las leyes federales y tratados que de ella emanen tienen supremacía sobre las leyes estatales, así como el establecimiento de la deuda federal.

VII. Define el método de ratificación de la constitución.


Como pueden ver, esta constitución, ratificada en 1788, está dedicada casi exclusivamente a la formación del gobierno, dejando un enorme margen de maniobra a los estados. Y si bien entiendo que, en la época de la Convención Constituyente, organizar la administración pública fuera prioritario, me parece inconcebible que en su forma original, no hiciera una sola referencia a los derechos de los ciudadanos, salvo por el del voto; pues sus únicos principios parecían ser el federalismo y la división de poderes. Por eso, la primera ola de enmiendas es lo que se conoce como la Carta de Derechos, que suele ser los primeros artículos de la mayoría de las otras constituciones.


Ahora, sin más que agregar, los dejo con los elementos básicos de las enmiendas, junto con el año de ratificación:

  • Primera (1791): Protege libertad de expresión, religión, prensa, asociación y el derecho de protesta.

  • Segunda (1791): Derecho a portar armas.

  • Tercera (1791): Prohíbe el acuartelamiento de tropas en tiempos de paz en hogares privados, así como la obligación de estos de alimentarlos.

  • Cuarta (1791): Prohíbe cateos y registros sin orden judicial por causa probable.

  • Quinta (1791): Garantiza el derecho al debido proceso, establece las reglas de incautación de bienes y acusaciones; también da el derecho a las personas de no auto incriminarse y de no ser juzgado dos veces por el mismo delito.

  • Sexta (1791): Derecho a un juicio público y expedito por jurado, a ser notificado de las acusaciones, confrontar al acusador, reunir testigos y recibir una defensa.

  • Séptima (1791): Derecho a un juicio por jurado en casos civiles, no sólo penales.

  • Octava (1791): Prohíbe las multas y fianzas excesivas, así como los "castigos crueles e inusuales" (tortura).

  • Novena (1791): Garantiza a los ciudadanos todos los otros derechos no mencionados explícitamente por la constitución (lo que se define como "otros derechos" ha dependido de la Suprema Corte y fuente de múltiples controversias).

  • Décima (1791): Reafirma que el gobierno federal sólo tiene esos poderes que la constitución le otorgue explícitamente, y el resto es competencia de los estados.

  • Décimo primera (1795): Blinda a los estados de ser demandados por personas que vivan fuera de los límites estatales.

  • Décimo segunda (1804): Establece que el vicepresidente será elegido en fórmula con el presidente (antes era el segundo lugar en la elección).

  • Décimo tercera (1865): Abolición de la esclavitud.

  • Décimo cuarta (1868): Define el concepto de ciudadanía, eliminando el sesgo racial, y garantiza igualdad jurídica a los habitantes de los estados, incluso no nativos.

  • Décimo quinta (1870): Prohíbe el negar el derecho al voto por cuestión étnica o racial (apertura a las minorías).

  • Décimo sexta (1913): Otorga al congreso la facultad de establecer un impuesto al ingreso sin la obligación de repartirlo a los estados con base en la población.

  • Décimo séptima (1913): Establece que los senadores sean elegidos por los ciudadanos mediante voto popular (antes eran designados por las legislaturas estatales).

  • Décimo octava (1919): Prohíbe la fabricación y venta de bebidas alcohólicas.

  • Décimo novena (1920): Prohíbe el negar el derecho al voto por cuestión de sexo (sufragio femenino).

  • Vigésima (1933): Establece la fecha de inauguración del presidente y del congreso al 20 de enero y 03 de enero respectivamente.

  • Vigésimo primera (1933): Revoca la décimo octava enmienda.

  • Vigésimo segunda (1951): Limita a dos el número de términos que una persona puede ocupar la presidencia.

  • Vigésimo tercera (1961): Otorga al Distrito de Columbia representación en el Colegio Electoral.

  • Vigésimo cuarta (1964): Prohíbe la suspensión de derechos electorales por no pagar impuestos.

  • Vigésimo quinta (1967): Vuelve más organizadas y eficientes las reglas de sucesión presidencial en caso de muerte o ausencia del presidente.

  • Vigésimo sexta (1971): Baja la edad de votar de los veintiuno a los dieciocho.

  • Vigésimo séptima (1992): Establece que las leyes que afecten el salario de los congresistas entre en vigor hasta la elección siguiente a la aprobación.





Hasta el próximo encuentro...


Navegante del Clío

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1 comentario


No son tantas sobre todo si se compara con el número de reformas que ha tenido la Constitución en nuestro país y no siempre para mejorar, por eso quizá sea bueno que las constituciones sean un tanto cuanto rígidas.

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